El fin de los patrocinios de apuestas: el real decreto del juego, en cinco claves

Concentrar la publicidad del juego a usuarios que ya sean jugadores, mayores de edad y que quieran seguir jugando. Esta es la voluntad del anunciado real decreto, impulsado por el ministro de Consumo, Alberto Garzón, aprobado ayer por el Consejo de Ministros y publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado. ¿Cómo afecta la nueva normativa al deporte? ¿Se podrán anunciar las casas de apuestas en estadios? ¿Y en redes sociales?

1. Plazo hasta agosto de 2021

Aunque gran parte del contenido del real decreto se había ya adelantado, la gran incógnita eran los plazos que se darían para aplicar las distintas limitaciones impuestas por la normativa. Finalmente, el Gobierno ha dado de plazo hasta el 31 de agosto de 2021 para adaptar los contratos de patrocinio suscritos antes de su entrada en vigor.

En concreto, en la disposición transitoria segunda del decreto se refiere explícitamente a que “los contratos afectados por los apartados 3, 4 y 5 del artículo 12 suscritos con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto conservarán su validez hasta el 30 de agosto de 2021, sin que, además, les resulten de aplicación, hasta la fecha indicada, las reglas contenidas en el artículo 19.2”.

Los artículos citados son los que más afectan al sector del deporte: el 3 prohíbe usar la marca de un operador de juego para identificar una instalación deportiva; el 4 prohíbe el patrocinio de camisetas o equipaciones deportivas y el 5 limita el horario en que se puede difundir el patrocinio en estadios.

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